CONTRATACIÓN POR ETT
La actividad de las empresas de trabajo temporal se centra en facilitar mano de obra con carácter temporal a las empresas que lo demandan, y que utilizan esta vía como medio deprecarización e inestabilidad laboral.
A grandes rasgos, y como norma general, la ETT debe cumplir con las obligaciones salariales y de Seguridad Social siendo de aplicación el Convenio Colectivo del sector/empresa en la que se desarrolle la actividad laboral.
Además, conviene conocer el alcance de la representación sindical en el centro de trabajo ya que será, igualmente, el órgano competente en las cuestiones que atañan a la organización y dirección del trabajo, así como a las cuestiones relativas a la seguridad y salud en el trabajo, sin perjuicio de que exista Comité de empresa en la ETT. Éste hecho, en muchas ocasiones, se desconoce y genera confusión a la hora de colectivizar las irregularidades de las que normalmente se es objeto, con motivo de este tipo de contrataciones.
Al igual que para los contratos de carácter temporal, en los casos en los que existan puestos de trabajo vacantes, tendrán derecho a ser informados por la empresa para la que prestan sus servicios, y en caso de contratación se les computará a efectos de antigüedad desde el inicio de la relación laboral sin tener en cuenta si ha sido a través de ETT, tal y como ha establecido el Tribunal Supremo.
Para aquellos casos en los que se produzcan sucesivas contrataciones de carácter temporal de esta naturaleza (puesta a disposición), será de aplicación el límite temporal de 24 meses para que la relación laboral devenga en indefinida.
Así mismo, existirá cesión ilegal por fraude de ley cuando la concatenación de contratos esconda una clara intención de eludir la contratación laboral indefinida, al venir desarrollando funciones de carácter estructural y permanente.
Para conocer mejor tus derechos laborales te puedes acercar a la Asamblea Interprofesional de Granada: se desarrolla Domingos alternos a las 11h, en el Local de la Ribera nº18. Siendo la próxima el Domingo 1 de Julio. O escríbenos al correo: interprofesionalgranada@gmail.com
Tenemos derecho a trabajar con derechos